- Servicios de Ciudadanía
- Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)
- Servicios de Reunificación Familiar
- Servicios Humanitarios
- Defensa Contra Expulsión o Deportación
- Otros Servicios
A continuación se muestra una lista de los servicios que proporcionan muchas de nuestras oficinas. Esta información general no constituye asesoramiento legal individualizado. Por favor, tenga en cuenta que estas solicitudes y peticiones son complejas, y un problema que aparenta ser menor puede hacer que alguien sea inelegible para el beneficio de inmigración que busca. Le recomendamos que si usted está interesado en aprender más acerca de estos servicios particulares, comuníquese con una de nuestras oficinas para una consulta.
Servicios de Ciudadanía
Nuestro personal ayuda a las personas con la ciudadanía y el proceso de naturalización por medio de citas individuales y talleres grupales, o eventos. Nuestro personal ayuda a los solicitantes en presentar solicitudes de naturalización (N-400), exención de cuotas y exención por discapacidad, así como la N-600.
La Solicitud de Naturalización, Formulario N-400
Las personas que han sido residentes permanentes legales durante el período de tiempo requerido (tres o cinco años, dependiendo de la forma en que obtienen su “green card” o “mica”) y cumplen los requisitos adicionales de elegibilidad pueden solicitar la ciudadanía de EE.UU. al presentar el formulario N-400 con USCIS. Este proceso se llama naturalización.
Solicitud de Certificado de Ciudadanía, Formulario N-600
Ciertas personas que nacieron fuera de los EE.UU. a un padre ciudadano de los EE.UU. o que automáticamente se convirtieron en ciudadanos después del nacimiento (pero antes de cumplir los 18 años), cuando sus padres se naturalizan pueden presentar el formulario N-600 para obtener un certificado de su ciudadanía de los EE.UU. Debido a que ya son ciudadanos estadounidenses, no solicitarán la naturalización.
La Renovación de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)
La decisión del caso de Texas sobre DACA el viernes 16 de julio del 2021 puso en pausa las aplicaciones iniciales de DACA. Las aplicaciones todavía se pueden postular, pero no se pueden aprobar hasta que un tribunal superior cambie la decisión. Esto también afecta las aplicaciones iniciales de DACA que ya se han postulado y también están en pausa por ahora. Las aplicaciones para renovar DACA aún se pueden presentar y aprobar. Consulte aquí para obtener más detalles: https://www.ilrc.org/sites/default/files/resources/daca_community_alert.pdf
A partir del 19 de julio del 2021, USCIS anunció que se cancelaron las citas biométricas para las aplicaciones iniciales de DACA. Esto solo se aplica a las aplicaciones iniciales y no a las aplicaciones de renovación. Si tiene una aplicacion de renovación pendiente, aún debe asistir a su cita de biometría.
El Departamento de Justicia ha dicho que apelará esta decisión y el Departamento de Seguridad Nacional ha dicho que pronto publicarán una nueva regla para preservar y fortalecer DACA.
Servicios de Reunificación Familiar
Nuestro personal ayuda a las familias con una gran variedad de servicios de inmigración basados en la familia, incluyendo las solicitudes y peticiones con esta definición.
Petición para Familiar Extranjero, I-130 Petición
La petición para familiar extranjero, comúnmente conocida como la petición I-130 , es el primer paso que un ciudadano de EE.UU. o residente permanente legal (LPR) hace para ayudar a ciertos miembros de su familia en obtener la residencia permanente legal. Un ciudadano de EE.UU. o un residente permanente legal presenta una petición I-130 para establecer la relación entre él y su familiar.
Proceso Consular
Una vez que una petición I-130 es aprobada para un familiar que vive en el extranjero, y que tiene una visa de inmigrante disponible inmediatamente para él o ella, puede solicitar una visa de inmigrante a través de una embajada o un consulado de los Estados Unidos en el extranjero.
Ajuste de Estatus, Formulario I-485
Ajuste de Estatus (AOS) es el proceso por el cual un solicitante cambia su estatus en los Estados Unidos al de un Residente Permanente Legal (LPR) o titular de una tarjeta verde (mica). Un residente permanente legal tiene el derecho de vivir y trabajar en los Estados Unidos de manera permanente. Para solicitar el Ajuste de Estatus, un solicitante presenta el formulario I-485 a USCIS.
Petición para remover las condiciones de residencia, el Formulario I-751
Las personas que estaban casadas con su cónyuge ciudadano de los EE.UU. por menos de dos años antes de solicitar una tarjeta verde, o individuos que entraron a los EE.UU. con una visa de prometido, se les concede el estatus de residente permanente condicional. Esto significa que su tarjeta verde (mica) es válida solamente por dos años. Con el fin de seguir siendo un residente permanente, el residente permanente con estatus condicional debe presentar una petición, el Formulario I-751, para quitar la condición durante los 90 días antes del vencimiento de la tarjeta.
Visa de Prometido(a) (Visa K)
Un ciudadano de los EE.UU. que desea traer a su prometido(a) extranjero a los EE.UU. con el fin de casarse con esa persona en los EE.UU., solicitaría una visa de prometido(a) o Visa K.
Servicios Humanitarios
Nuestro personal tiene experiencia en ayudar a los sobrevivientes de violencia doméstica y crimen, solicitantes de un estatus de protección temporal (TPS), y asilados y refugiados. Ayudamos a solicitar varios formularios de ayuda de inmigración a los sobrevivientes de la violencia doméstica y de crimen, incluyendo: la Visa U, la auto-petición de la Ley de Violencia contra las Mujeres, y la petición I- 751 para eliminar las condiciones de residencia. También les ayudamos a solicitar permisos de trabajo, solicitamos el proceso consular, y, eventualmente, solicitar el ajuste de estatus. Ayudamos a los solicitantes de TPS con sus solicitudes iniciales y solicitudes presentadas tardes, y también con las renovaciones de TPS. Ayudamos a los asilados y refugiados de varias maneras, incluyendo: la presentación de las peticiones de parientes de refugiados/asilados, la solicitud de ajuste de estatus de los refugiados/asilados y las exenciones de inadmisibilidad.
Petición de Estatus U de No Inmigrante (Visa U)
Las víctimas de ciertos crímenes, que cooperan con la policía, y sufren daños como consecuencia del crimen, pueden ser elegibles para el Estatus U de No Inmigrante, comúnmente conocida como la Visa U.
Auto-Petición de VAWA, I-360
Algunos sobrevivientes de la violencia doméstica, es decir, cónyuges o hijos de ciudadanos o residentes permanentes legales de los Estados Unidos que han sido maltratadas o abusadas, y padres de hijos (adultos) ciudadanos que han sido maltratadas o abusados, pueden solicitar la acción diferida presentando la auto-petición I-360 (comúnmente conocida como la auto petición de Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)). La acción diferida concede cierta seguridad de la deportación y la oportunidad de solicitar un permiso de trabajo. Ciertos individuos, cuyas solicitudes I-360 se conceden, pueden solicitar el Ajuste de Estatus y se convierten en titulares de la tarjeta verde.
Estatus de Protección Temporal
El/La Secretario(a) de Seguridad Nacional puede conceder el Estatus de Protección Temporal (TPS) para los individuos de ciertos países debido a las condiciones del país, como el conflicto armado o un desastre ambiental, que impidan temporalmente que regresen de forma segura. Las personas en estado de TPS no son extraíbles de los EE.UU., pueden obtener autorización de empleo (EAD), y podrá concederse la autorización de viaje.
Estatus Especial de Inmigrantes Juveniles
Niños y jóvenes que demuestren haber sido abusados, abandonados, o descuidados por uno o ambos padres y no les beneficie regresar a su país natal y puedan obtener un fallo de un juez de tribunal estatal confirmando los hechos estarían calificados para solicitar el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS). SIJS es un camino hacia la residencia permanente, pero puede demorar más para solicitantes de ciertos países. IIBA representa clientes en la parte inmigratoria del proceso y se asocia con agencias que obtienen el fallo jurídico del tribunal estatal.
Solicitud de Estatus T No Inmigrante
Víctimas de trata de personas que colaboran con la investigación y que sufrirían dificultades extremas si regresan a su país natal podrían calificar para el Estatus T No Inmigrante, comúnmente conocido como visa T. Víctimas menores de 18 años están exentas del requisito de denunciar el crimen ante la ley. Tráfico de personas puede incluir trata de personas para explotación sexual o laboral incluyendo situaciones de servidumbre/esclavitud/trabajo forzado involuntario o servidumbre/esclavitud/trabajo forzado por endeudamiento.
Refugiado / Asilado Petición Familiar, Formulario I-730
Si un individuo vino a los EE.UU. como refugiado o se le concedió asilo en los EE.UU. en los últimos dos años, pueden presentar el Formulario I-730, la Petición de Refugiado/Asilado para unirse con ciertos parientes cercanos en los EE.UU.
Defensa Contra Expulsión o Deportación
IIBA recientemente ha ampliado sus servicios para ofrecer representación en procesos de expulsión o deportación. Representación en procesos de expulsión incluye solicitudes de asilo, cancelación de expulsión o ajuste de estatus. En este momento nuestra capacidad es limitada, pero por favor contáctenos para una consulta para ver si lo podemos ayudar.
Otros Servicios
Los clientes buscan la asistencia de IIBA por muchas diferentes razones, desde solicitar el reemplazo de una tarjeta de residencia, hasta necesitar una revisión de archivo y toda la historia de inmigración. Por eso, nuestro personal ayuda a los clientes con una variedad de servicios de la ley de inmigración. Algunos de los más comunes de estos se definen a continuación.
Solicitud de Exención de Cuota, el Formulario I-912
La presentación de las peticiones de inmigración o aplicaciones a menudo requiere el pago de una cuota al presentarse. Sin embargo, algunas personas que no pueden pagar la cuota pueden calificar para una exención de cuotas si están recibiendo un beneficio del gobierno, si su ingreso familiar está el 150 % debajo del nivel de pobreza, o si están sufriendo dificultades financieras. Pueden solicitar una exención de cuota al presentar el Formulario I-912. La exención de cuota está disponible para muchas, pero no todas, las aplicaciones de USCIS.
Solicitud de Autorización de Empleo, Formulario I-765 (EAD)
Las personas que hayan obtenido ciertos tipos de estatus temporal en los EE.UU. o que tienen ciertas solicitudes pendientes pueden solicitar la autorización de empleo (EAD o un permiso de trabajo), lo que les da el permiso para trabajar legalmente en los EE.UU.
Solicitud bajo la Ley de Libertad de Información (FOIA) – Formulario G-639
Las personas que deseen obtener una copia de todo su expediente de inmigración pueden presentar una solicitud bajo la Ley de Libertad de Información (FOIA) utilizando el Formulario G-639.
Solicitud para reemplazar la tarjeta de residente permanente – Formulario I-90
Si su tarjeta verde contiene un error o esta extraviada o está por vencerse, como residente permanente puede presentar una solicitud I-90 pidiendo una tarjeta nueva o corregida.
Solicitud de Documento de Viaje, I-131
Cuando las personas presentan una solicitud de documento de viaje, el Formulario I-131, tienen que solicitar un permiso de reingreso, documento de viaje de refugiado o documento de viaje adelantado. Los titulares de tarjetas verdes solicitan permisos de reingreso si están buscando pasar largos periodos de tiempo fuera de los Estados Unidos. Los refugiados o asilados en los EE.UU. pueden solicitar un documento de viaje de refugiado antes de viajar al extranjero. La concesión del documento de viaje adelantado, permite que las personas fuera de los Estados Unidos entren por un periodo de tiempo temporal por razones humanitarias urgentes o para el beneficio significante al público, tales como ayudar a oficiales de la ley. Sin el documento, estas personas serían inadmisibles. Personas que tienen el TPS o una solicitud de ajuste pendiente pueden solicitar un documento de viaje que les permita viajar temporalmente fuera de los Estados Unidos.